Qué es, qué te obliga la ley hoy, qué va a cambiar y cómo saber si tu sistema aguantaría una inspección. Sin rodeos y sin vender humo.
Es llevar el control de la jornada de tu equipo con un sistema electrónico en vez de con papel o una hoja de cálculo: cada persona marca su entrada y su salida, y esos datos quedan guardados de forma que no se puedan retocar después sin que se note.
La diferencia con el registro de jornada a secas es importante. El registro de jornada es la obligación: anotar cada día quién entra y a qué hora. El registro horario digital es una forma de cumplirla, la que el legislador quiere convertir en la única válida.
Desde el 12 de mayo de 2019, el Real Decreto-ley 8/2019 modificó el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores y obligó a todas las empresas con personal a llevar registro diario de jornada. No hay excepción por tamaño: también si tienes una sola persona contratada.
No llevarlo es una infracción grave de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 euros. Y la Inspección lleva desde 2026 con campaña específica sobre pymes.
Hay un Real Decreto en tramitación que quiere cerrar los tres agujeros del sistema actual: que el registro sea exclusivamente digital, que sea inalterable y que la Inspección pueda consultarlo en remoto sin pisar el centro de trabajo.
Todavía no está publicado en el BOE, así que hoy el papel sigue siendo legal. Pero el sentido de la norma está claro y la dirección no va a cambiar. Lo hemos seguido paso a paso en cuándo entra en vigor y en la guía completa.
Esta es la lista con la que puedes auditarte hoy mismo. Si fallas en alguna, ahí tienes el trabajo.
Por orden de frecuencia, esto es lo que hace que un registro no sirva cuando llega el momento:
Jornalo es un sistema de registro horario digital pensado para empresas pequeñas, no una suite de recursos humanos con el fichaje encajado dentro.
Gratis hasta 3 empleados, con el archivo legal completo. A partir de ahí, 1,75 € por empleado y mes. Sin permanencia y sin cuota de alta.
El registro de jornada es obligatorio desde el 12 de mayo de 2019 para todas las empresas con personas empleadas, sea cual sea su tamaño. Lo que todavía no es obligatorio es que ese registro sea digital: el Real Decreto que lo exigirá está en tramitación. Hoy un cuadrante en papel sigue siendo válido si es diario, veraz y se conserva cuatro años.
El registro de jornada es la obligación legal: anotar cada día la hora de inicio y de fin de cada trabajador. El registro horario digital es la forma de cumplirla con un sistema electrónico, sin papel, con los datos guardados de manera que no se puedan alterar sin dejar rastro.
Cuatro años, a disposición de los trabajadores, de sus representantes y de la Inspección de Trabajo.
Hoy es una infracción grave de la LISOS, con multas de 751 a 7.500 euros. El borrador del nuevo Real Decreto plantea sanciones por trabajador afectado, lo que multiplica el importe en cuanto la plantilla crece.
La Agencia Española de Protección de Datos considera la biometría un tratamiento de alto riesgo y en la práctica la descarta para el control horario ordinario. Un PIN o un usuario identificado cumplen igual y no te exponen.
Hoy puede valer si se rellena a diario y se conserva. El problema es que una hoja de cálculo se puede modificar después sin dejar rastro, y ese es justamente el punto que el nuevo Real Decreto quiere cerrar. Es la solución que más papeletas tiene de quedarse fuera.
Esta guía explica la normativa de forma divulgativa y no sustituye al asesoramiento de un profesional laboral. Última revisión: julio de 2026.