Dudas Preguntas frecuentes
¿El registro de jornada ya es obligatorio?
Sí. Desde mayo de 2019 (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores) toda empresa con empleados debe registrar a diario el inicio y el fin de la jornada de cada persona trabajadora y conservar esos registros 4 años. No llevarlo o llevarlo mal es infracción grave, con multas de 751 a 7.500 euros por infracción.
¿Qué cambia con el nuevo Real Decreto del registro digital?
El Real Decreto previsto exigirá que el registro sea exclusivamente digital (papel y Excel dejarán de valer), inalterable, accesible para los trabajadores y consultable en remoto por la Inspección de Trabajo. Además el Gobierno ha anunciado multas por trabajador de hasta 10.000 euros, pendientes de tramitación como ley.
¿Vale una plantilla de Excel para cumplir hoy?
Hoy el formato es libre y un Excel bien llevado puede valer. Con el nuevo Real Decreto los registros manuales y las hojas de cálculo quedarán expresamente prohibidos, con un plazo de adaptación que se conocerá con su publicación en el BOE. Te avisaremos del plazo exacto.
¿Jornalo usa huella o reconocimiento facial?
No. La Agencia Española de Protección de Datos considera la biometría prácticamente inviable para fichar desde 2023. Jornalo usa fichaje por web, móvil y modo kiosko con PIN o QR: igual de rápido y sin riesgo para tu empresa.
¿Y si mis empleados trabajan donde no hay cobertura?
El fichaje de Jornalo funciona sin conexión: el registro se guarda en el dispositivo y se sincroniza automáticamente al recuperar la red, con sello de tiempo del servidor y trazabilidad completa. Ningún fichaje se pierde.
La información de esta página es divulgativa y no constituye asesoramiento jurídico.
La responsabilidad del cumplimiento del registro de jornada corresponde al empleador.